La dieta de los consejeros está fijada, conforme lo dispone la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, por la Comisión Bicameral, desde el año 2011, fecha en que se estableció en 100 Unidades de Fomento mensuales, lo que se ha mantenido invariable hasta la fecha. El Presidente del Consejo percibe dicha suma, incrementada en un treinta por ciento.